Ayuntamiento |
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Estructura Municipal
- Concejales delegados
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Asumen competencias por delegación de la alcaldesa referidas a un determinado ámbito de actuación. Estas delegaciones son genéricas y abarcan áreas o servicios de la organización municipal incluyendo su dirección, gestión y adopción de acuerdos o resoluciones.
Teniendo en cuenta que el art. 23.4 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante LRBRL) establece: "El Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, en los Tenientes de Alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera Concejales, aunque no pertenecieran a aquélla."
El Reglamento de Organización Funcionamiento y Regimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 26 de nomviembre en su art. 43 se expresa en el mismo sentido distinguiendo al regular las que se efectúen a favor de los/las concejales/concejalas entre, por una lado, las llamadas delegaciones genéricas que vendrían a coincidir con las áreas de gestión en las que se estructure la Administración municipal y, más tarde, con las Comisiones informativas que se creen para estudiar y dictaminar los asuntos que sean competencia del Pleno y, por otro, las llamadas delegaciones especiales especiales para cometidos especificos.
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CONCEJALÍA DELEGADA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERNO
Concejal delegado: D. Julián Rodríguez Santiago
ÁMBITO DE LOS ASUNTOS Y FACULTADES QUE SE DELEGAN
ADMINISTRACIÓN GENERAL: El nombrado, realizará las funciones siguientes:
A) Actos administrativos de instrucción y de carácter resolutivo:
- A.1. Adoptar el acto de trámite oportuno en cuya virtud se incoen los expedientes sancionadores a que den lugar las denuncias que cursen los agentes de la Policía Local en materia de tráfico y circulación urbanos o las denuncias que cursen los vigilantes del Servicio de estacionamientos regulados de vehículos en la vía pública (ORA) .
- A.2. Adoptar resoluciones administrativas con plena eficacia jurídica frente a terceros a través de las cuales se ponga fin a los expedientes sancionadores que se incoen tras las denuncias que cursen los agentes de la Policía Local en materia de tráfico y circulación urbanos y a los expedientes sancionadores que se incoen tras las denuncias que cursen los vigilantes del Servicio de estacionamientos regulados de vehículos en la vía pública (ORA), con capacidad plena para resolver los recursos administrativos que contra las resoluciones que dicte puedan interponer los interesados.
B) Desarrollo e innovación tecnológicos para la racionalización, mejora y efectividad de la gestión administrativa municipal y la progresiva y persistente implantación de la administración electrónica a todos los niveles.
C) Atención al ciudadano.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
PERSONAL
A) Personal: Todo el que esté al servicio del Ayuntamiento a través de una relación funcionarial o de contratación laboral de cualquier tipo.
B) Plantilla de personal, relación de puestos de trabajo, oferta de empleo público y convocatorias de selección de personal.
C) Presidencia efectiva de las mesas de negociación colectiva y del comité de seguridad y salud, salvo que asista a ellas la Sra. Alcaldesa.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
RÉGIMEN INTERNO
A) Desarrollo del ejercicio de la potestad normativa, excepto en materias urbanísticas, tributarias y de precios públicos.
B) Gestión de tráfico y seguridad víal.
C) Protección civil.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
CONDICIONES ESPECIALES DEL EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN:
VIGENCIA DE LA DELEGACIÓN: Mientras la otorgante de la delegación sea titular de la Alcaldía.
RÉGIMEN DE SU DEDICACIÓN: Parcial (1/2 jornada), siendo el Pleno el que, a propuesta de la Alcaldesa, fije el importe de la cuantía de las retribuciones a percibir. |
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CONCEJALÍA DELEGADA DE URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE, INFRAESTRUCTURAS, SERVICIOS Y PROMOCIÓN ECONÓMICA, DEL EMPLEO, LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO
Concejal delegado: D. Germán Sáez Crespo
ÁMBITO DE LOS ASUNTOS Y FACULTADES QUE SE DELEGAN
URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE: En él están encuadrados:
A) Urbanismo.
B) Vivienda.
C) Medio Ambiente.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS: En él están encuadrados:
A) Obras municipales.
B) Establecimiento de infraestructuras básicas para el desarrollo del planeamiento urbanístico.
C) Funcionamiento y gestión general de los servicios municipales existentes u otros que se implanten.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
PROMOCIÓN ECONÓMICA, DEL EMPLEO, LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO.
A) Promoción y desarrollo económico general del municipio a todos los niveles.
B) Promoción, desarrollo y creación de empleo.
C)Promoción de nuevas industrias y desarrollo industrial.
D) Promoción y desarrollo del comercio.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
CONDICIONES ESPECIALES DEL EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN:
VIGENCIA DE LA DELEGACIÓN: Mientras el otorgante de la delegación sea titular de la Alcaldía.
RÉGIMEN DE SU DEDICACIÓN: Parcial (1/2 jornada), siendo el Pleno el que, a propuesta de la Alcaldesa, fije el importe de la cuantía de las retribuciones a percibir. |
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CONCEJALÍA DELEGADA DE HACIENDA, CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO
Concejal delegado: D. Jesús María Hernando Cáceres
ÁMBITO DE LOS ASUNTOS Y FACULTADES QUE SE DELEGAN
HACIENDA : En él están encuadrados:
A) Presupuesto municipal y su gestión.
B) Recursos tributarios y restantes recursos.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
CONTRATACIÓN.
A) Ejecución de obras públicas municipales.
B) Concesión de obra pública.
C) Servicios.
D) Suministros.
E) Gestión de servicios públicos.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas y asumirá la Presidencia efectiva y permanente de las mesas de contratación.
PATRIMONIO.
A) Gestión económico-patrimonial a todos los niveles en los términos previstos por la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas y el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
B) Implantación del nuevo Inventario Municipal de Bienes, su gestión, desarrollo informático y repercusión en la contabilidad patrimonial.
C) Gestión económico-financiera del Patrimonio municipal del suelo.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas y asumirá la Presidencia efectiva y permanente de las mesas de valoración que se constituyan dentro del marco de la gestión de los contratos patrimoniales.
CONDICIONES ESPECIALES DEL EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN
VIGENCIA DE LA DELEGACIÓN: Mientras el otorgante de la delegación sea titular de la Alcaldía.
RÉGIMEN DE SU DEDICACIÓN: Sin dedicación exclusiva o parcial. |
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CONCEJALÍA DELEGADA DE BIENESTAR SOCIAL, SANIDAD Y CONSUMO
Concejal delegado: D. Luis Gil Díaz
ÁMBITO DE LOS ASUNTOS Y FACULTADES QUE SE DELEGAN
BIENESTAR SOCIAL Y SANIDAD: En él están encuadrados:
A) Bienestar Social.
B) Sanidad.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
CONSUMO: En él están encuadrados:
A) Consumo general.
B) Relaciones con los consumidores y usuarios de toda clase de servicios públicos o privados.
C) Relaciones con las organizaciones de consumidores y usuarios.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
CONDICIONES ESPECIALES DEL EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN:
VIGENCIA DE LA DELEGACIÓN: Mientras el otorgante de la delegación sea titular de la Alcaldía.
RÉGIMEN DE SU DEDICACIÓN: Sin dedicación exclusiva o parcial. |
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CONCEJALÍA DELEGADA DE JUVENTUD Y TURISMO
Concejal delegado: D. José María Magro Gutiérrez
ÁMBITO DE LOS ASUNTOS Y FACULTADES QUE SE DELEGAN
JUVENTUD.
A) Promoción del empleo juvenil.
B) Emancipación juvenil y acceso a la vivienda.
C) Albergue juvenil.
D) Planes de actuación municipal en materia de juventud.
E) Plan de prevención de drogas.
F) Previsión de actuaciones municipales para evitar el consumo de alcohol entre los/ las adolescentes.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
TURISMO.
A) Promoción, desarrollo e innovación turística
B) Promoción de la realización de ferias dentro del municipio y de la participación en ferias o exposiciones exteriores.
C) Dirección política de la Oficina Municipal de Turismo.
D) Relaciones con otras oficinas municipales de turismo y con otros organismos para su promoción provinciales, autonómicos o estatales
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
CONDICIONES ESPECIALES DEL EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN
VIGENCIA DE LA DELEGACIÓN: Mientras el otorgante de la delegación sea titular de la Alcaldía.
RÉGIMEN DE SU DEDICACIÓN: Sin dedicación exclusiva o parcial. |
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CONCEJALÍA DELEGADA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, DEPORTES Y FESTEJOS
Concejal delegado: D. Jesús Ramón Rodríguez Galván
ÁMBITO DE LOS ASUNTOS Y FACULTADES QUE SE DELEGAN
PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
A) Movimiento vecinal, su apoyo y promoción.
B) Relaciones con las asociaciones vecinales.
C) Quejas y reclamaciones vecinales.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
DEPORTES.
A) Promoción y extensión de la actividad deportiva a todos los ámbitos socilaes.
B) Mantenimiento y conservación de todas las instalaciones deportivas municipales.
C) Dirección política del Patronato Municipal de Deportes.
D) Escuelas deportivas municipales.
E) Celebración de eventos deportivos y fomento del deporte de alto rendimiento.
El nombrado realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
FESTEJOS.
A) Toda clase de festejos taurinos.
B) Espectáculos musicales.
C) Presidencia efectiva de la Comisión de Festejos.
El nombrado, realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
CONDICIONES ESPECIALES DEL EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN
VIGENCIA DE LA DELEGACIÓN: Mientras el otorgante de la delegación sea titular de la Alcaldía.
RÉGIMEN DE SU DEDICACIÓN: Exclusiva (jornada completa) siendo el Pleno el que, a propuesta de la Alcaldesa, fije el importe de la cuantía de las retribuciones a percibir. |
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CONCEJALÍA DELEGADA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Concejal delegado: Dª María Teresa Rebollo García
ÁMBITO DE LOS ASUNTOS Y FACULTADES QUE SE DELEGAN
EDUCACIÓN.
A) Relaciones con todos los centros de educación oficial existentes en el municipio.
B) Mantenimiento, promoción y desarrollo de las áreas de educación especial.
C) Dirección política de la Escuela Municipal de Música.
D) Dirección de las escuelas municipales de enseñanzas especializadas ya existente o que se creen.
E) Comedor escolar municipal.
La nombrada realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de los asuntos que afecten a la misma, formulando propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
CULTURA.
A) Promoción de la cultura.
B) Dirigir la organización de toda clase de eventos culturales que se desarrollen en el municipio.
C) Dirigir las relaciones externas con entidades públicas o privadas que promociones la cultura en general o el desarrollo de actividades culturales concretas.
CONDICIONES ESPECIALES DEL EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN:
VIGENCIA DE LA DELEGACIÓN: Mientras el otorgante de la delegación sea titular de la Alcaldía.
RÉGIMEN DE SU DEDICACIÓN: Sin dedicación exclusiva o parcial. |
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| DELEGACIONES ESPECIALES PARA COMETIDOS ESPECÍFICOS |
CONCEJALIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MERCADOS, MATADERO Y CEMENTERIOS
Concejal delegado: D. Luis Gil Díaz
FACULTADES DELEGADAS: El nombrado, en las materias indicadas, realizará las funciones necesarias para promover la dirección y gestión de las mismas, pudiendo formular, a través de la Concejalía o Concejalías con una delegación genérica con las que se coordine, propuestas de acuerdo o resolución a los órganos municipales con competencias resolutivas.
MECANISMO DE COORDINACIÓN (ART. 43.4 DEL ROF Y RJ): A través de la Concejalía delegada de Urbanismo y Medio Ambiente e Infraestructuras y Servicios, con las restantes Concejalías con delegación genérica.
CONDICIONES ESPECIALES DEL EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN: VIGENCIA DE LA DELEGACIÓN
VIGENCIA DE LA DELEGACIÓN: Mientras el otorgante de la delegación sea titular de la Alcaldía.
RÉGIMEN DE SU DEDICACIÓN: Sin dedicación exclusiva o parcial. |
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